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Capitulaciones matrimoniales en Badalona
Las capitulaciones son la escritura donde los cónyuges pactan su régimen económico: qué es de cada uno, qué es común y qué pasa si el matrimonio se rompe. En Cataluña rige la separación de bienes por defecto, y aun así hay buenos motivos para firmarlas; te contamos cuáles.
¿Para qué sirven las capitulaciones si en Cataluña ya hay separación de bienes?
Sirven para tres cosas que el régimen por defecto no resuelve: dejar el régimen blindado frente a mudanzas, pactar reglas a medida y anticipar una eventual ruptura. Los casos que más firmamos:
- Parejas con vecindades civiles distintas o que han vivido fuera de Cataluña: sin pacto expreso, el régimen aplicable puede acabar siendo gananciales sin que lo sepan.
- Cambio de régimen: matrimonios casados en gananciales (por origen o mudanza) que quieren pasar a separación de bienes, con la liquidación del régimen anterior.
- Pactos en previsión de ruptura: el derecho catalán permite acordar por adelantado compensaciones, uso de la vivienda o renuncias, con requisitos estrictos que cuidamos en la redacción.
- Reglas de economía doméstica: contribución a gastos, titularidad de compras futuras, compensación por trabajo para la casa.
¿Cuánto cuestan las capitulaciones matrimoniales?
Entre 60 y 120 € si se limitan a fijar el régimen; si incluyen liquidación de gananciales o pactos complejos, el presupuesto se cierra tras ver el caso. Se firman antes o después de la boda.
Por experiencia, la conversación incómoda de firmarlas dura veinte minutos; la de no haberlas firmado puede durar años en un juzgado de familia. Y no es solo cosa de grandes patrimonios: un autónomo que arriesga con su negocio protege a su cónyuge precisamente separando bienes con claridad. Si estáis constituyendo una empresa, míralo junto a la página de constitución de sociedades.
¿Separación de bienes o gananciales? Qué implica cada régimen
Resumen rápido: en separación de bienes cada uno es dueño de lo suyo y responde de sus deudas; en gananciales, lo ganado durante el matrimonio es común, para lo bueno y para lo malo.
| Criterio | Separación de bienes | Gananciales |
|---|---|---|
| Titularidad de lo ganado | De quien lo gana | Común al 50 % |
| Deudas del negocio de un cónyuge | No arrastran al otro, en general | Pueden afectar al patrimonio común |
| Al divorciarse | Cada uno lo suyo, con posibles compensaciones | Liquidación del patrimonio común |
| Régimen por defecto | Cataluña | Derecho común (mayoría de CC. AA.) |
| Para quién encaja | Autónomos, segundos matrimonios, patrimonios previos | Economías muy integradas con un solo ingreso |
Ninguno es «mejor»: son repartos distintos del riesgo y del fruto. Lo importante es elegirlo con conocimiento y dejarlo escrito, sobre todo si vuestra vida ha pasado por más de una comunidad autónoma.
¿Cómo se firman, paso a paso?
- Consulta inicial.
Nos contáis situación, patrimonio y qué queréis pactar. Detectamos si hay dudas de vecindad civil o régimen previo.
- Borrador a medida.
Recibís el texto por email: régimen, pactos y, si procede, liquidación del régimen anterior.
- Firma y comunicación.
Firma conjunta en unos 30 minutos y comunicación al Registro Civil para su constancia.
Preguntas frecuentes sobre capitulaciones
¿Se pueden firmar después de casarse?
Sí, en cualquier momento del matrimonio, y es de hecho lo más frecuente en nuestro despacho: parejas que se mudaron a Cataluña casadas en gananciales y quieren ordenar su situación. El cambio no perjudica derechos ya adquiridos por terceros.
Somos pareja de hecho, ¿podemos firmar capitulaciones?
Las capitulaciones son propias del matrimonio, pero las parejas estables catalanas pueden firmar pactos equivalentes en escritura: titularidades, contribución a gastos y previsiones de ruptura. El efecto práctico es muy parecido y la tranquilidad, la misma.
Nos casamos en gananciales fuera de Cataluña, ¿qué régimen tenemos ahora?
Depende de la ley que regía vuestro matrimonio al celebrarse, no de dónde viváis ahora: mudarse a Cataluña no cambia el régimen automáticamente. Si queréis separación de bienes, hay que pactarla en capitulaciones y liquidar los gananciales acumulados. Lo revisamos con vuestros datos concretos.
¿Los pactos en previsión de ruptura valen legalmente?
En Cataluña sí, con requisitos: escritura pública, información clara de ambas partes y ciertos límites —no pueden comprometer las necesidades básicas de los hijos, por ejemplo—. Bien redactados, evitan buena parte de la litigación de un divorcio. Mal redactados, se anulan; por eso importa quién los escribe.
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